SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0199/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0199/2006-R

Fecha: 21-Feb-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 11 de enero de 2006, cursante a fs. 1 y vta., las recurrentes aseveran que no habiéndose presentado su representado a una audiencia de ofrecimiento de fianza, dentro de la causa que se investiga en su contra, la autoridad judicial recurrida, en suplencia legal de su similar de Mizque, dispuso su rebeldía y en consecuencia ordenó la emisión del correspondiente mandamiento de aprehensión para ser conducido ante el penal de San Antonio de Cochabamba. Orden que el 7 de noviembre de 2005 fue cumplida, por lo que desde esa fecha se encuentra detenido indebida e ilegalmente, en vulneración del art. 9.I de la Constitución Política del Estado (CPE), pues si bien el art. 89 del Código de procedimiento penal (CPP) faculta al juez o tribunal declarar la rebeldía, no prevé la posibilidad que la ejecución del mandamiento de aprehensión pueda servir para poner en prisión a una persona, pues tiene la finalidad de que el rebelde sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera a efectos de continuar con el trámite, por lo que interponen el presente recurso.