AUTO CONSTITUCIONAL 098/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 098/2006-RCA

Fecha: 30-Mar-2006

II.3.

II.3.  En la problemática planteada, el recurrente presentó la demanda de amparo constitucional el 5 de octubre de 2005, denunciando que el 30 de junio de 1998, el Viceministro de Cultura le comunicó el cese de sus funciones como Director Nacional de Arqueología y Antropología; y si bien indica que constantemente realizó reclamos ante las diversas autoridades que ocuparon ese cargo, solicitando la iniciación de un proceso en el que tenga la oportunidad de asumir defensa, sin haber tenido respuesta alguna; de la revisión del expediente, se constata que dicha situación no es evidente, puesto que si bien a fs. 7 cursa un oficio -con sello de recepción pero sin firma, ni fecha y hora-, remitido por el recurrente ante al Viceministerio de Cultura, por el que solicita dejar sin efecto su despido y se le inicie un proceso previo; no existe constancia de que hubiese tenido un rol activo en dicha pretensión, ni que hubiese reclamado oportunamente y de manera insistente o reiterada su solicitud; al contrario, el recurrente en todo momento demostró una conducta pasiva, y negligente, puesto que varios años después, el 30 de agosto de 2000 (fs. 6), luego el 10 de marzo de 2003 (fs. 5); y finalmente, el 30 de marzo de 2005 (fs. 4), 5 de mayo y 21 de julio de 2005 (fs. 1-3), recién reiteró su solicitud.