APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 num. 4), concordante con el art. 33 parágrafo I num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 14 de febrero de 2006, dictada por el Juez Partido Cuarto en lo Civil de Cochabamba, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Celina Carmen Vásquez Maldonado, demandando la inconstitucionalidad del art. 49 de la LAPCAF.
