AUTO CONSTITUCIONAL 108/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 108/2006-CA

Fecha: 06-Mar-2006

I.2. Respuesta a la solicitud

Corrido en traslado el incidente, fue respondido por Manuel Porro Castillo solicitando se rechace el mismo por cuanto el art. 49 de la LAPCAF fue declarado constitucional  conforme a la amplísima jurisprudencia constitucional, además de no ser oportuno  por la existencia de sentencia ejecutoriada en el proceso coactivo que sigue contra Celina Carmen Vásquez Maldonado y otra desde el mes de junio de 2003 y por existir determinación del Tribunal Constitucional de no admitir nuevas solicitudes análogas, siendo este el cuarto incidente interpuesto por la parte coactivada.