SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0230/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0230/2006-R

Fecha: 13-Mar-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 13 de julio de 2005, cursante de fs. 19 a 24 vta., la recurrente expresa que, hace treinta años viene poseyendo una tienda-vivienda, ubicada en calle Bolívar 715, destinada a tienda de abarrotes, que le fue alquilada por la Federación Gráfica Boliviana, mediante contrato verbal, con un canon de alquiler de Bs280.-, mes vencido; monto que debía ser depositado en la cuenta corriente 201-2331481-3-45, estando cancelados los alquileres hasta mayo de 2005.

Alega que por motivos de salud estuvo ausente y cuando retornó, se sorprendió por cuanto había sido expulsada del inmueble, fracturando candados, cambiando chapas y trasladando sus bienes, enseres y documentación privada, sin que hasta la fecha conozca el destino de los mismos, no obstante estar cancelando los alquileres normalmente en el Banco de Crédito, mediante depósitos efectuados a la cuenta de la Federación Gráfica.

Indica que este abuso fue cometido por el recurrido Dino Rojas, Dirigente de la Federación Gráfica Boliviana, quien con arbitrariedad y haciendo uso de la fuerza, cometió ese acto ilegal que vulnera sus derechos de inquilina, “lanzándola de facto” del inmueble e impidiéndole ingresar a éste, privándole de derechos esenciales, cuyo respeto y protección corresponde al Estado como deber primordial.

Añade que ante la inexistencia de otro medio legal para la protección inmediata, contra los actos ilegales de hecho cometidos por el recurrido, en su calidad de representante sin mandato de la Federación Gráfica Boliviana y ante el avasallamiento de sus derechos y garantías recurre a esta acción tutelar.