AUTO CONSTITUCIONAL 119/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 119/2006-RCA

Fecha: 24-Abr-2006

II.3.

II.3.   En el caso que se examina, la recurrente acusa de ilegal y arbitrario el Auto de 13 de julio de 2005; pronunciado por la autoridad recurrida por el que rechazó sin fundamento alguno y en contravención del art. 186 del CPP su solicitud de devolución y entrega de vehículo, pese a haber acreditado documentalmente el derecho propietario; empero, no acreditó que contra dicha Resolución hubiera interpuesto recurso de apelación incidental, en virtud a lo dispuesto en los arts. 403 inc. 2) y 404 del CPP, que se constituye en un medio expedito e idóneo toda vez que en su procedimiento los plazos para su resolución son totalmente sumarísimos, así lo establece el art. 406 del CPP, que señala: "Recibidas las actuaciones, la Corte Superior de Justicia decidirá, en una sola resolución, la admisibilidad del recurso y la procedencia de la cuestión planteada, dentro de los diez días siguientes…”