SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2006-R
Fecha: 24-Abr-2006
III.2.
III.2. En el caso que se examina, de los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal se evidencia que el 27 de febrero de 2006 el Juez recurrido en audiencia de consideración de medidas cautelares determinó la detención preventiva del representado del actor, dentro de la investigación que seguía el Ministerio Público en su contra y la de otro por el delito de robo agravado y otro. El Juez demandado debió remitir el expediente ante el Juez de Instrucción de Sacaba por declinación de competencia en razón del turno y territorio, empero, no lo hizo oportunamente. El representado del actor reclama en el presente recurso que el Juez recurrido con tal demora, no le permitió apelar contra las mencionadas medidas cautelares impuestas en su contra.
De lo anterior, se constata que si bien es cierto que el recurrente no impugnó ante el Juez recurrido competente la supuesta lesión al derecho a la libertad que invoca en el presente recurso, empero, no es menos evidente que al haber ingresado el Juez recurrido en demora injustificada de catorce días para la remisión del cuaderno procesal al Juez competente en razón del turno y territorio -sin que sea suficiente que alegue la excesiva carga procesal de su despacho- ha perjudicado la tramitación del recurso de apelación contra la medida cautelar de detención preventiva impuesta contra el actor, que implica indebida tardanza en la consideración de la situación jurídica del recurrente por parte del Tribunal ordinario superior, pues como se tiene anotado en el anterior Fundamento Jurídico, el recurso de apelación contra la imposición de medidas cautelares de orden personal debe resolverse en forma inmediata, pronta y efectiva; lo cual amerita conceder la tutela impetrada, debiendo imprimirse el trámite de ley al citado recurso de apelación que interpuso el actor, sin disponer la libertad del recurrente, por cuanto aún no se resolvió el mencionado recurso que determinará la conservación o modificación de su detención preventiva.