Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 124/2006-RCA
Fecha: 08-May-2006
I.2. Retiro de demanda
La recurrente, mediante memorial de 27 de octubre de 2005, cursante a fs. 48, de manera expresa solicitó al Tribunal de amparo, Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, el retiro del recurso de amparo constitucional; decisión aceptada mediante Decreto de 28 de octubre de 2005 cursante a fs. 48 vta.; no obstante, se dispuso la remisión de los antecedentes a este Tribunal.
- I.1. Demanda y trámite procesal
- improcedente in limine
- I.2. Retiro de demanda
- está conformado por el Pleno y por la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- II.2. Doctrina Constitucional sobre el retiro y desistimiento de demanda.
- admiten el desistimiento,
- lo que implica el desistimiento de la parte recurrente