Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 144/2006-RCA
Fecha: 22-May-2006
improcedente in limine
Mediante Resolución 628/2005, de 31 de octubre, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, constituido en Tribunal de amparo, declaró improcedente in limine el recurso, con el fundamento de que el recurrente no demostró el agotamiento de la vía legal ordinaria, toda vez que planteó directamente el recurso de amparo sin considerar su carácter subsidiario.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- II.
- Fragmento 5
- (...) se concederá el amparo solicitado siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados (...)"
- principio de subsidiariedad
- reglas y sub-reglas
- Fragmento 9
- APRUEBA