Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 158/2006-RCA
Fecha: 30-May-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, resuelve en revisión: APROBAR la Resolución 90/2005, de 9 de noviembre, cursante de fs. 208 y vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, con la modificación de que el rechazo es in límine.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2.
- APROBAR