SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2006-R

Fecha: 10-May-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega la vulneración del derecho a la libertad de locomoción, por cuanto dentro del trámite de asistencia familiar y practicada la última liquidación y conminatoria de pago, fue notificado en tablero del Juzgado, y no personalmente o por cédula en su domicilio real, no obstante tener conocimiento de que su domicilio real está ubicado en la zona de Villa Urkupiña-Quillacollo y que trabaja como chofer de la línea “Q”, muestra de ello es que fue notificado con la demanda de asistencia familiar personalmente por orden instruida, cuando trabajaba en la línea de micros señalada anteriormente, siendo en consecuencia el mandamiento de apremio librado ilegal e indebido, habiendo estado privado de su derecho de locomoción por casi doce horas. Corresponde analizar, si lo demandado se encuentra dentro de los alcances del art. 18 de la CPE.