I.1. Síntesis de la demanda
Mediante memorial presentado el 24 de noviembre de 2005, cursante de fs. 19 a 24 de obrados, los recurrentes sostienen que sus representados son vendedores de comidas y refrescos con puestos de venta en el Mercado Kantuta más conocido como Mercado Campesino de la ciudad de Oruro, cuya administración se encuentra a cargo de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Oruro (FSUTCO), en virtud al Decreto Supremo 26396, por lo que dicha Administración procedió a carnetizarlos, lo que da el derecho de vender en el Mercado; sin embargo, el 28 de diciembre de 2004, “un grupo reducido de desadaptados” (sic) encabezados por Francisco Gutiérrez Colque (trabajador Universitario), Felipe Choque Vásquez (chofer), René Choque Vásquez (chutero) y Fidelia Choque de Suxo (carnicera), arguyendo ser representantes de la FSUTCO, les agredieron físicamente, de donde surgieron lesionadas con heridas como ser Alcira Asteria Dorado Zurita y Willma Juana Tedesqui, además de ser amenazadas, no sólo de ser echadas de sus puestos de venta si no inclusive de muerte.
Agrega, que los recurridos agredieron también a Pablo Lovera Román, quién resultó con severas lesiones, despojándole inclusive de sus pertenencias, documentos personales y dinero; de otro lado, también el mismo mes, procedieron a secuestrar a un miembro de la FSUTCO, con la finalidad de presionar a la Administración del Mercado para desalojarlos.
Añade, que en el mes de enero de 2005, volvieron los recurridos con un grupo de personas a despojarlos a sus representados de sus puestos de venta, por lo que tuvieron que oponer resistencia a fin de evitar se consume el desalojo teniendo que dormir inclusive en sus puestos de venta, por lo que tuvieron que intervenir la Defensora del Pueblo y el Representante de Derechos Humanos; por lo que consideran que los demandados conculcaron los derechos de sus mandantes así como amenazan permanentemente con vulnerarlos, razones por las que consideran que se lesionaron los derechos de sus representados a la salud, a la seguridad personal, al trabajo y a la petición, lo que motivó la interposición del presente recurso de amparo constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se declare “su derecho de vender en el Mercado Kantuta y se obligue a los recurridos de abstenerse de cometer actos ilegales que supriman o amenacen restringir o suprimir sus derechos” (sic).
