AUTO CONSTITUCIONAL 191/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 191/2006-RCA

Fecha: 20-Jun-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente indica que dentro del proceso penal que siguió en representación de su hija, por lesiones gravísimas, las autoridades judiciales recurridas declararon la extinción de la acción penal del imputado Esteban Villegas Yujra, sin tomar en cuenta la jurisprudencia constitucional, y apelada la misma, el recurso fue rechazado con el argumento de que no existe recurso ulterior por ser un tribunal de alzada, y luego el recurso de casación que fue rechazado con el fundamento de que la Resolución de extinción de la acción penal, no se encuentra dentro de los autos de vista previstos por el art. 299 del CPP de 1972, vulnerando los derechos a la seguridad jurídica y el debido proceso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional motivados por el Tribunal de amparo.