Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 197/2006-RCA
Fecha: 27-Jun-2006
improcedente in limine
El Tribunal de amparo Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro por Resolución 24/2005 de 10 de diciembre, cursante a fs. 16 a 17, declaró improcedente in limine del recurso, con el argumento de que la recurrente no precisó los hechos denunciados, ni los derechos o garantías que se consideran restringidos, suprimidos o amenazados, tampoco el amparo que se solicita, inobservando los requisitos previstos por el art. 97 III, IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).