Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 200/2006-RCA
Fecha: 27-Jun-2006
revisión
En revisión la Resolución 43/2005, de 21 de diciembre, cursante a fs. 55 a 56, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por René Roberto Figueroa Mercado, en representación de Tecnológico Nacional Andrés Bello SRL contra Carmen Hada Shima, Viceministra de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, y Lourdes Ortiz, Viceministra de Salud alegando la vulneración de su derechos a petición y a la enseñanza bajo tutela del Estado, citando al efecto los arts. 7 inc. h), 177.II y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- en 5 de diciembre de 2005, se acudió al recurso jerárquico ante la Ministra de Educación
- rechazo in limine
- rechazar in limine
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de procedencia y admisibilidad
- , existe una causal manifiesta de improcedencia in limine o de inactivación reglada