APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31-num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución 189/06 de 8 de junio, pronunciada por Alfredo Orellana Aguilar, Juez Quinto de Partido en lo Civil de La Paz, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada por Florea Condori Sarzo, demandando la inconstitucionalidad del art. 48 de la LAPCAF.
