SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0570/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega como vulnerado el derecho a la libertad de su representado por cuanto viene peregrinando con el objeto de que se fije audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva, no atendiendo la autoridad recurrida, que funge como suplente legal del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, justificando tener reunión con el Presidente de la Corte Superior del Distrito, ocasionando con ello retardación de justicia, al extremo que ni siquiera ya señala audiencias, vulnerando con ello la jurisprudencia constitucional, contenida en las SSCC 0445/2004-R, 1266/2003-R y 1227/2003-R y convirtiéndose por ende, en reo e infractor de los derechos y garantías constitucionales. En consecuencia, corresponde revisar si los extremos denunciados son evidentes y si merecen la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.