SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0630/2006-R
Fecha: 30-Jun-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 30 de mayo de 2006, cursante de fs. 4 a 5 vta., el recurrente indica que a raíz de que el 13 de octubre de 2005 en inmediaciones de la Avenida “20 de Octubre” fue agredido por Richard Enrique Ruiz Sánchez, a quien en el intento de defenderse le ocasionó una herida, se inició proceso penal en su contra; habiéndole notificado con la imputación formal el 14 de octubre de 2005 por el delito de lesiones leves y robo en grado de tentativa; en cuyo mérito, vencido el plazo de la etapa preparatoria el 14 de abril de 2006, procedía la extinción de la acción penal; extremo que no aconteció, por cuanto, el Fiscal en su afán de proseguir con ese injusto proceso, presentó modificación a la imputación formal el 18 de abril de 2006, es decir cuatro días después de haberse vencido el indicado término, cuando en su lugar debió conminar al Fiscal de Distrito al término del plazo a efectos de que presente su solicitud conclusiva, aceptando igualmente la acusación presentada en su contra el 5 de mayo de 2006, lo que lesiona lo dispuesto por el art. 134 del Código de procedimiento penal (CPP).