I.2.
I.2. Mediante AC 309/2006-CA, de 26 de junio (fs. 223 a 226), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional rechazó el referido recurso directo de nulidad con el argumento de que el recurso fue interpuesto extemporáneamente respecto a la sentencia impugnada y la inexistencia de fundamentación respecto a los Autos cuya nulidad se solicita.
