AUTO CONSTITUCIONAL 350/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 350/2006-CA

Fecha: 18-Jul-2006

I.2. Petición

El recurrente interpone el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad y pide se imprima el trámite que corresponda y previo cumplimiento de todas las formalidades de ley, se declare la inconstitucionalidad de las sesiones 91 y ss. y por ende, los actos realizados en ella, por ser contradictorios a lo establecido en el art. 46. II de la CPE.