AUTO CONSTITUCIONAL 410/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 410/2006-CA

Fecha: 31-Ago-2006

APRUEBA

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4), concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución 146/2006 de 14 de agosto, pronunciada por Salvador Romero Ballivián, Amalia Oporto de Iriarte y Jerónimo Pinheiro Lauria, Presidente, Vicepresidenta y Vocal de la Corte Nacional Electoral, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteado por Luis Francisco Jemio Oropeza, Presidente de la Agrupación Ciudadana TRADEPA, demandando la inconstitucionalidad de la frase “ que serán distribuidos conforme a lo establecido en el art. 53, Parágrafo II, numeral 2º de la Ley de Partidos Políticos conforme a las últimas elecciones generales” de la Ley 3392, de 10 de mayo de 2006 y de la Resolución 135/2006, de 15 de julio, en las partes que se refieren a la Agrupación Ciudadana TRADEPA.