Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2006-R
Fecha: 17-Ago-2006
II.3.
II.3. En la audiencia de medidas cautelares realizada el 14 de julio a horas 16:00 (fs. 15), sin que ninguna de las partes hubiera reclamado el cumplimiento de la decisión del hábeas corpus, el Juez recurrido, mediante Auto Interlocutorio (Resolución 388/2006) dispuso la libertad del imputado sujeta a las siguientes condiciones: presentación periódica ante el Fiscal, prohibición de cambiar el domicilio que tiene señalado, prohibición de tomar contacto o relación con la víctima o sus familiares y presentación de dos garantes solventes y solidarios con domicilio conocido (fs. 16 a 17).