SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0839/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0839/2006-R

Fecha: 29-Ago-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

Luego del informe del recurrido señaló que acababa de enterarse que en base a su petición se inició un proceso administrativo y que debe esperar seis meses para que el Prefecto recurrido se pronuncie, cuando lo cierto es que éste no tiene que procesar nada sino únicamente cumplir la ley e indicar si será posesionada. Reiteró que no fue informada menos notificada de que se estén haciendo consultas y que luego vendrá un período de prueba y alegatos, concluyendo que luego de cuarenta y dos días no saben nada. Aclaró que el recurso es para lograr una respuesta del recurrido para en su caso utilizar los recursos de ley, remarcando que con esta omisión se está permitiendo que ejerza en forma ilegal una autoridad departamental.