AUTO CONSTITUCIONAL 274/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 274/2006-RCA

Fecha: 06-Sep-2006

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 6 de abril de 2006, cursante de fs. 19 a 20 vta. de obrados, el recurrente alega que en el proceso penal que le siguió Pablo Huanca Yujra  y Olga Justa Huanca Carrillo, fue declarado culpable, por la comisión de los delitos de lesiones leves y amenazas, imponiéndosele la pena de un año y seis meses de reclusión, más tres meses de días trabajo, con costas, daños y perjuicios; en ejecución de sentencia, el abogado patrocinante de la victima Olga Justa Huanca, presentó una iguala profesional por el monto de Bs15.000.- para el cobro de su honorario profesional y el Secretario del Juzgado el 15 de agosto de 2003, elaboró la planilla de costas incluyendo el honorario en la suma de Bs15.226, a cuya consecuencia el Juez recurrido, pronunció el Auto Intimatorio de 16 de agosto de 2003, intimándole a que cancele la suma liquidada, ordenando a su vez el embargo de sus bienes muebles; empero, el 13 de enero de 2006, expidió mandamiento de embargo sobre el inmueble de su propiedad, ubicado en la ex comunidad Pucarani, procediéndose al mismo el 17 de enero de 2006, nombrándose depositaria a la victima.

Concluye señalando, que la pretensión del abogado y apoderado legal de la victima, no tiene ningún asidero legal, asimismo se procedió de manera ilegal al embargo de la referida propiedad, por cuanto no concuerda con el Auto intimatorio, toda vez que en dicha Resolución se ordenó el embargo de sus bienes muebles y por el contrario la autoridad recurrida expidió el mandamiento de embargo contra su bien inmueble; razones por las que interpuso el presente recurso de amparo constitucional, pidiendo se “disponga la inmediata restitución de su terreno ubicado en la ex comunidad Pucarani”, y que el honorario profesional del abogado sea “determinado en base al arancel mínimo del Ilustre Colegio de Abogados de 1999, previa emisión de la correspondiente factura” (sic).