AUTO CONSTITUCIONAL 453/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 453/2006-CA

Fecha: 26-Sep-2006

el proceso coactivo civil en cuestión, se halla con calidad de cosa juzgada

            A lo anterior se añade, el hecho de que el proceso coactivo civil en cuestión, se halla con calidad de cosa juzgada, tal cual se evidencia del Auto de 25 de octubre de 2002 cursante a fs. 14 vta. que declara la ejecutoria de la Sentencia pronunciada en el caso de autos; es más, en ejecución de Sentencia, el Auto de 9 de mayo de 2005 que erradamente se demanda de inconstitucional, también se halla ejecutoriado mediante Auto de 18 de agosto de 2006, cursante a fs. 63 vta. del expediente; siendo admisible este recurso únicamente cuando el proceso -sea judicial o administrativo- de donde emerge el incidente aún no tiene la calidad de cosa juzgada, situación que tampoco se da en el presente caso y que ratifican la inadmisibilidad del mismo, argumentos que resultan suficientes para aprobar la Resolución objeto de consulta, sin que sea necesario ingresar a otras consideraciones legales.