Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0867/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
no haber lugar
La Resolución 008/2006, de 22 de julio cursante de fs. 7 a 8 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró “no haber lugar a la tutela demandada” y por lo mismo improcedente el recurso, con el fundamento de que el recurrente no probó de manera clara y concreta el hecho de haber sido privado de su libertad, toda vez que incluso a través de su abogado admite que se encuentra en libertad.