SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2006-R
Fecha: 25-Sep-2006
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo la inmediata libertad del representado del recurrente, con los siguientes fundamentos: 1) la detención del indicado es ilegal por cuanto la ejecución del mandamiento de 26 de julio de 2006 quedó suspendida con el ingreso en vacación del Juzgado Tercero de Instrucción de Familia; 2) sin embargo, la actuación del funcionario policial recurrido se encuentra justificada porque no existía un mandamiento de libertad expedido por autoridad competente y la vacación del Juzgado no fue comunicada al centro de rehabilitación de Palmasola.
Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso no ha efectuado una adecuada compulsa del mismo ni dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.