Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2007
Fecha: 24-Ene-2007
II.2.
II.2. A su vez, Sonia Gonzáles Céspedes planteó en la vía ordinaria entrega del inmueble nombrado y pago de daños y perjuicios por lucro cesante contra Ladislao Chacón Condori y la hoy recurrente, Benedicta Espinoza de Chacón (fs. 293 a 294 vta.), quienes opusieron las excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, improcedencia, falta de derecho y acción, pidiendo en la vía reconvencional la nulidad parcial de la escritura pública de 30 de diciembre de 1992 así como su inscripción en Derechos Reales (fs. 297 a 298 y 312 a 313).