Fragmento 1
La suscrita Magistrada ha expresado su desacuerdo con la decisión de aprobar la Resolución venida en revisión en el presente recurso de amparo constitucional, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamenta su disidencia conforme a los siguientes términos:
