SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0796/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0796/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

II.4.

II.4. El Jefe de Seguridad Segundo Grupo del Centro Penitenciario, mediante informe 047/07 de 20 de julio, informó que al dar cumplimiento con la orden emitida de la autoridad recurrida de abrir las puertas de la celda de aislamiento, los internos recurrentes se negaron a salir de ella. Posteriormente, pidieron salir a horas 14:00 y retornaron voluntariamente a horas 15:00. A horas 21:00 cuando se les comunicó que debían descansar en sus pabellones porque no se encontraban en aislamiento, se negaron a salir indicando que se encontraban aislados, por lo que se les permitió descansar en dicha celda (fs. 13).