AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

rechazó

Conforme a la atribución antes referida, de la revisión del legajo procesal se evidencia que mediante AC 0147/2007-RCA, se anuló la Resolución de 14 de marzo de 2007, que “denegó” in límine el recurso por falta de inmediatez y subsidiariedad, disponiendo que se admita el mismo; no obstante, devuelto el expediente, el Tribunal de amparo mediante decreto de 4 de junio de 2007 (fs. 417), dispuso que con carácter previo a la admisión del recurso, la parte recurrente complemente respecto al domicilio de los terceros interesados, en mérito a lo establecido por el art. 98 de la LTC, decreto que fue notificado el 4 de junio de 2007 a horas 11:55 am., y ante lo cual mediante memorial presentado el 6 de junio de 2007 a horas 17:50 pm. se cumplió con lo ordenado (fs. 419); sin embargo, el Tribunal de amparo mediante Resolución de 8 de junio de 2007 (fs. 423) rechazó el recurso, con el argumento de que el memorial de aclaración de domicilio fue presentado por la parte recurrente fuera de término.