AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que las autoridades recurridas han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica, a la igualdad, a la propiedad privada y la garantía del debido proceso de la empresa a la que representa, siendo que dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Sur SA en Liquidación se habrían suscitado una serie de irregularidades procesales que viciaron de nulidad el proceso, como el abandono constante de la causa por parte del referido Banco, la demanda que además se encontraba incompleta, debió ser interpuesta contra la empresa “BOLIVIAN MINERAL TRADERS Ltda.” en la persona de su representante legal; empero, simplemente se estableció el nombre de Emilio Ruiz Terán como si fuera deudor a título personal y la notificación mediante edictos, pese a que se precisó el domicilio en el contrato; pidiendo por ello, la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, incidente que fue rechazado por Resolución 273/2006, y apelada la Resolución, el Tribunal de alzada se limitó a resolver la parte procesal dejando de lado la parte sustancial, sin analizar las nulidades planteadas.  En consecuencia, corresponde determinar en revisión si efectivamente existen o no los supuestos de rechazo motivados por el Tribunal de amparo.