AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente manifiesta que las autoridades recurridas han vulnerado sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia, a la igualdad, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, toda vez que puesto en conocimiento del Juez Cautelar el proceso penal iniciado en su contra por los delitos de estafa y abuso de confianza ante la acusación del Ministerio Público y la Superintendencia de Bancos, opuso excepción de falta de acción y de prejudicialidad, denunciando de la misma manera actividad procesal defectuosa; incidentes y excepciones que sin ningún fundamento legal fueron declarados improbados y en grado de apelación mediante Resolución 47/2007, se declaró improcedente el recurso de apelación incidental y se confirmó la Resolución de 20 de septiembre de 2006. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de amparo, al disponer el rechazo obró correctamente.