AUTO CONSTITUCIONAL 478/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 478/2007-CA

Fecha: 10-Dic-2007

II.3.

II.3.  En el caso concreto, del memorial de interposición del recurso, se constata que el recurrente se apersona en su condición de Alcalde Municipal de Caquiaviri, denunciando que fue objeto de una denuncia falsa de corrupción, por lo que fue detenido preventivamente durante cuatro meses en el penal de San Pedro de La Paz, lapso en el cual se designó como Alcalde interino de ese Municipio al Concejal David Sinca Mamani, pero a iniciativa del Concejo Municipal, el Presidente del Senado Nacional expidió la Resolución Senatorial 065/2007 por la cual se reconoció a David Sinca Mamani como Alcalde titular del referido Municipio, además de disponerse a su favor la habilitación de las cuentas de coparticipación tributaria, lo que constituye una clara muestra de usurpación de funciones, porque la labor de fiscalización corresponde a los concejos municipales, excepto los casos de denuncia de los Comités de Vigilancia respecto a ordenanzas y resoluciones sobre la administración de recursos municipales provenientes de la participación popular, pero en este caso, no existió tal denuncia; por otra parte, denuncia también que se usurparon funciones del Viceministerio de Descentralización, que tiene facultades en lo concerniente a la inmovilización de recursos fiscales.