SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2007-R

Fecha: 10-Dic-2007

ANULAR OBRADOS

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve ANULAR OBRADOS hasta el estado en que se realice la legal citación a la autoridad recurrida, con la demanda de hábeas corpus y el Auto de admisión, de conformidad con el art. 18.II de la CPE.