AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2007-RCA

Fecha: 08-Mar-2007

Fragmento 1

En revisión la Resolución de 11 de diciembre de 2006, cursante a fs. 51, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro de los recursos de amparo constitucional y hábeas data, interpuestos por Marilú Escobar Camacho y Alfonso Dorado Márquez, y la adhesión de Shirley Guzmán López y Rose Mary Franck Mendez contra Fernando Ganam Cortez y Mery Cano, miembros de la Comisión de Procesos Disciplinarios de la Fiscalía del Distrito de La Paz, alegando los primeros, la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición y la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 7 incs. a) y h) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE) además de los “derechos fundamentales a la personalidad, dignidad y decoro” (sic) previstos por el art. 6 de la CPE; y las segundas sus derechos a la libertad de expresión, libertad individual, dignidad, seguridad jurídica y el principio de publicidad, citando al efecto los arts. 6.II, 7 incs. a) y b)  y 116.X de la CPE.