AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2007-RCA

Fecha: 24-Abr-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente señala que la autoridad recurrida ha lesionado el derecho a la propiedad privada de su mandante, toda vez que dentro del proceso administrativo de determinación por supuestos adeudos tributarios,  seguido a su fallecida madre hace ya más de dieciséis años, se determinó que su mandante debía pagar lo adeudado por la  fallecida, disponiéndose medidas precautorias como el arraigo, la retención de fondos y la anotación preventiva del único bien inmueble que posee en Bolivia y que fue adquirido mediante venta y no como herencia de su madre, el mismo que está siendo embargado, habiendo reclamado dicha situación ante la Gerencia del Servicio de Impuestos Nacionales de La Paz, sin merecer ninguna respuesta, y ante el silencio administrativo planteó recurso de alzada que fue rechazado por lo que interpuso recurso Jerárquico.  En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no los supuestos de rechazo del recurso de amparo constitucional.