SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2007-R

Fecha: 23-Abr-2007

a)

Los recurridos, por sí mismos y también por medio de sus abogados, presentaron informe en audiencia, en la que manifestaron lo siguiente: a) No es la primera vez que se efectúa una elección de esa naturaleza, pues el 2004 el recurrente ya fue elegido de esa manera; por ello, a la convocatoria emitida se presentó como candidato, pero fue inhabilitado por ser funcionario de la Prefectura y continua ejerciendo el cargo de Consejero, siendo esa una causal de inhabilitación, hecho que no reclama en el presente amparo constitucional, aunque si lo hizo ante ellos; en consecuencia, existe consentimiento por parte del recurrente; b) El recurso de amparo constitucional presentado no expresa con claridad cual el agravio sufrido, ya que no explica cual es la restricción, supresión o amenaza a sus derechos fundamentales; ya que los actos denunciados no impiden sus funciones en el ejercicio del cargo que desempeña; y c) El recurrente no ha expuesto con precisión los hechos o actos ilegales, ni tampoco el derecho lesionado, tal como requiere el amparo constitucional, conforme fue expuesto en la SC 0505/20005-R de 10 de mayo, por lo que el recurso debió ser rechazado, porque tampoco demostró su legitimación activa. Finalizan solicitando la improcedencia del amparo solicitado.