SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2007-R

Fecha: 23-Abr-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Es Consejero Departamental poblacional por el Municipio de Bermejo en actual ejercicio, pues por mandato del art. 11 inc. d) del Decreto Supremo (DS) 27431 de 2 de abril de 2004, fue tácitamente reelecto, debiendo mantenerse hasta la designación del nuevo Consejero, conforme expresamente determinan las normas del artículo citado y el art. 14 del mismo Decreto Supremo; empero, pese a ello, desconociendo que la ley es obligatoria para todos conforme determina el art. 81 de la CPE, la entidad denominada Comisión Cívica Electoral de Bermejo, conformada por los recurridos, el mes de abril de 2006, emitió convocatoria para la elección del Consejero Departamental en su reemplazo por las gestiones 2006 a 2008, siendo que conforme las normas previstas por el art. 12 de la Ley de Descentralización Administrativa (LDA), la designación del mismo corresponde a los Concejales Municipales, de acuerdo con el procedimiento establecido en dicho artículo y en el art. 11 del DS 27431.