Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 255/2007-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 255/2007-CA

    Fecha: 16-May-2007

    II. ANÁLISIS DEL RECURSO

    En cumplimiento de la norma establecida en el art. 31 de la Ley del Tribunal Constitucional, corresponde a la Comisión de Admisión verificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones de admisibilidad, a objeto de tomar la decisión que corresponda, admitiendo, rechazando u ordenando se subsanen defectos formales.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a
    • admitió
    • II. ANÁLISIS DEL RECURSO
    • II.2.1.
    • La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
    • Los requisitos antes referidos deben ser cumplidos por el juez o tribunal judicial o administrativo que promueve el recurso
    • II.2.3.
    • 2º    RECHAZAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca