Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2007-R
Fecha: 09-May-2007
improcedente
Concluida la audiencia, el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución que declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) La recurrente no concurrió a la audiencia señalada, así como tampoco Javier Nogales “Cartagena”, habiendo manifestado el abogado patrocinante, que iba a presentar un escrito de retiro del recurso, pero al no encontrarla a su cliente no lo hizo; 2) No ha existido violación a los derechos constitucionales por parte del Comandante Cantonal de la Policía de San Borja, además de que la parte recurrente en ningún momento demostró lo expuesto en el recurso.