SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2007-R
Fecha: 15-May-2007
i)
El recurrente solicita tutela de los derechos de la empresa que representa a la seguridad jurídica, al juez natural y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a), 14 y 16 de la CPE; mismos que considera vulnerados por los Jueces recurridos, con los siguientes actos y omisiones: i) El Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, que resolvió el recurso de anulación del Laudo Arbitral de 7 de enero de 2003, lesionó los derechos fundamentales de la empresa que representa al convalidar dicho Laudo Arbitral sin tomar en cuenta las irregularidades cometidas en el proceso arbitral, como la existencia y demostración de una enfermedad preexistente a la firma del contrato de seguro, hecho no informado por la asegurada ni sus representantes, lo que ocasiona la nulidad del contrato; que dicho Laudo obligó a la cancelación de la cirugía en Chile con más intereses y de acuerdo al tipo de cambio del dólar, y que se haya referido a hechos no arbitrables como las costas judiciales en el proceso de auxilio judicial; de igual modo, en el procedimiento existieron irregularidades que afectaron al debido proceso, como la falta de notificación para la designación de los Árbitros, el incumplimiento de éstos al deber de informar las causales de recusación que afectaban a dos de ellos, por ser Conjuez del Distrito Judicial de Cochabamba el uno y esposo de una pariente del demandante en el proceso arbitral el otro; y ii) El recurrido Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial, al desestimar su oposición al auxilio judicial para ejecutar el Laudo Arbitral de 7 de enero de 2003, pese a todas las irregularidades denunciadas. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa que representa por el recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.