AUTO CONSTITUCIONAL 297/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 297/2007-CA

Fecha: 13-Jun-2007

Fragmento 7

En el caso de autos, si bien se citan en dos oportunidades -como afirma el recurrente- las normas infringidas (arts. 26, 27, 33, 96.I y 228 de la CPE); empero, no existe argumentación respecto a los motivos por los cuales se considera que dichos preceptos constitucionales fueron infringidos, puesto que no es suficiente la simple identificación de las mismas, sino que es imprescindible expresar el razonamiento que condujo a cuestionarlas, es decir los motivos o razonamientos de la inconstitucionalidad y su vinculación con el derecho o derechos lesionados, lo que no se aprecia en el memorial corriente de fs. 48 a 57 vlta.; tampoco se indica la relación que tendrá la norma legal impugnada con la decisión final del recurso de revocatoria; es decir, la relevancia que tendrá al momento de resolver dicho recurso.