AUTO CONSTITUCIONAL 316/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 316/2007-CA

Fecha: 20-Jun-2007

I.1. Antecedentes

En el memorial presentado el 11 de junio de 2007 (fs. 91 a 95), los recurrentes se apersonan en representación del Alcalde, Juan Fernando del Granado Cosio, manifestando que el Gobierno Municipal de La Paz, fue citado con una demanda interpuesta por Víctor Bueno Mamani, quien actúa por sí y en representación de Esteban Mamani Quispe y otros, sobre mensura y deslinde de terrenos y nulidad de la Resolución Técnico Administrativa “06/2006” de la Dirección de Información Territorial O.M.G.T. Asesoría Legal Sitram 14017 - 45020 de 14 de octubre de 2005, demanda en la que señalan que el 13 de enero de 1970, se dictó el Decreto Supremo (DS) 09059, autorizando a la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE) transferir a título oneroso a favor de sus trabajadores del sector La Paz, los terrenos de su propiedad no aprovechables, según planos y proyectos de loteamiento.

Añaden que, según los demandantes, el Gobierno Municipal de La Paz se habría opuesto a otorgar línea y nivel a los beneficiarios, así como autorización de amurallamiento bajo el pretexto de que sería área forestal, situación por la que en 1979 habrían efectuado un trámite de posesión judicial, pero aún así se hubiera mantenido la negativa de otorgarles autorización, pese a que cuentan con títulos de propiedad y pagan sus impuestos, indicando además que para dar legalidad a la propiedad municipal, la Dirección de Administración Territorial habría dictado la Resolución Técnico Administrativa “06/2006” ya citada.