rechazó
Por Resolución de 18 de junio de 2007, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Potosí, rechazó el incidente de inconstitucionalidad por ser manifiestamente infundado argumentando que el recurso fue planteado en ejecución de la Sentencia 97/2003 de 6 de octubre, pronunciada dentro del interdicto de daño temido del que se origina, Resolución que al ser impugnada, fue ratificada por el Auto de Vista 20/2003.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales infringidas
- II.2.1.
- El primero
- El Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados.
- II.2.2.
- antes de la
- 1º APRUEBA
