SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Señala que la recurrida le alquila dos piezas en el inmueble de su propiedad para el funcionamiento de una tienda comercial, por un canon mensual de alquiler de $us150.- (ciento cincuenta dólares estadounidenses), con la que se provee de los recursos para su subsistencia desde hace mas de tres años, habiendo pactado en forma verbal por el plazo de cuatro años; no obstante ello, el 5 de mayo de 2006, cuando se aprestaba a abrir su negocio, se percató que la recurrida había puesto otros candados en la puerta metálica del negocio, manifestándole que procedería al desalojo por la fuerza porque, “supuestamente” (sic) debía más de tres meses de alquiler, y porque precisaba el inmueble para que otra de sus hijas establezca un negocio; por ello, retornó con un Notario de Fe Pública, que atestiguó lo ocurrido, y las nuevas acciones de hecho que le impidieron ingresar a su negocio.
Continúa manifestando que el despojo violento y forzado de la posesión de un inmueble sin previo tramite lesiona sus derechos, pues nadie puede hacer justicia por mano propia, conforme determinan las normas del art. 1282 del Código Civil (CC), afectando también lo dispuesto por los arts. 632, 633 y 634 con relación al 625 del Código de Procedimiento Civil (CPC). Finaliza exponiendo la SC 0876/2005-R de 29 de julio, como precedente.