SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela de sus derechos a la vida, seguridad jurídica, a trabajar y a dedicarse al comercio y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a) y d) y 16.IV de la CPE; los cuales considera vulnerados por la recurrida, mediante el desalojo de hecho de las tiendas que le alquila, pues cuando se apersonó el 5 de mayo de 2006 para abrir el negocio que tiene en esas tiendas, le impidieron el ingreso mediante acciones de hecho como el cambio de cerraduras. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Juez de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.