SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

III.2...

III.2...La causal de improcedencia del recurso de amparo analizada en la jurisprudencia glosada en el anterior fundamento es aplicable al caso que se examina, por cuanto se advierte la existencia de un acto libre y expresamente consentido, pues el recurrente cumplió con la sanción de retiro temporal por seis meses, sin goce de haberes ni reconocimiento de antigüedad que le fue impuesta, conforme se concluye del memorial de 9 de marzo de 2007, a través del cual solicitó al Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, emita resolución de cumplimiento de sanción y disponga la reincorporación a sus funciones policiales, acto positivo, concreto, libre e inequívoco vinculado directamente a la acción reclamada,  que demuestra de forma indubitable el consentimiento del actor,  por lo que en aplicación de la disposición contenida en el art. 96.2 de la LTC, resulta improcedente el amparo constitucional planteado, impidiendo ingresar al análisis del fondo del recurso.