Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0636/2007-R
Fecha: 23-Jul-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 09 de 27 de febrero de 2007, cursante de fs. 187 vta. a 188, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Consuelo Vaca Balcazar contra Marcelo Javier Tardío Sandoval, Administrador Regional de la Caja Petrolera de Salud (CPS) de Santa Cruz, alegando la vulneración de su derecho a la petición, consagrado en el art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Doctrina de este Tribunal sobre el derecho de petición
- El plazo máximo para dictar la resolución expresa será de seis (6) meses desde la iniciación del procedimiento, salvo plazo distinto establecido conforme a reglamentación especial para cada sistema de organización administrativa aplicable a los órganos de la Administración Pública comprendidos en el Artículo 2° de la presente Ley.
- APRUEBA