AUTO CONSTITUCIONAL 401/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 401/2007-CA

Fecha: 08-Ago-2007

I.2.

I.2.    Elevada en consulta dicha Resolución, se dictó el AC 342/2007-CA de 5 de julio, por el que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional aprobó el rechazo del recurso interpuesto, con el argumento de que la solicitud para que se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 311 de la Ley 1340 fue presentada después de haberse dictado el auto de señalamiento de remate de los inmuebles de propiedad del contribuyente; por tanto, al momento de formularse el incidente de inconstitucionalidad, la decisión ya fue pronunciada por el Gerente  GRACO Santa Cruz del SIN, por lo que, al respecto, en esa instancia nada queda por resolver. Asimismo, se observó que en el incidente no se cumplió con los requisitos de admisibilidad.